(Reflexiones en torno al devenir de la relación comunidad-naturaleza.)
Luciano Allende P.
A modo de introducción
De algún modo todavía por dilucidar, somos –con todas las particularidades que el ser latinoamericano implica- herederos de la modernidad, y el humanismo. Porque incluso ahí donde se sostiene un pensamiento de la crisis de la modernidad, del fin de los meta relatos, de la falta, del afuera, de lo otro, lo que efectivamente hay, no es más que un modo de relación con aquella modernidad que algunos pensadores quieren dar por muerta. No obstante, la llamada postmodernidad, es en el anuncio de su diferencia y su “certeza” de un ya no de la modernidad, una relación con la modernidad misma, con que busca diferenciarse.
Si el humanismo implica una confianza en el hombre y una profunda convicción en que el desarrollo social y moral del éste, debe finalmente hacernos felices; un pensamiento post… será aquel que ponga su acento en la desconfianza, con lo cual querámoslo o no, se pone fin a la sospecha.
Son variadas las maneras en que se ha pretendido responder a la pregunta ¿qué es el hombre? Desde los filósofos clásicos hasta la actualidad, y el asunto que esta pregunta nos plantea, es claramente un problema que está lejos de resolverse. Sus antecedentes los encontramos en el mundo griego, particularmente en la ética aristotélica, y la paideia que apuntaba tanto a la formación de los hombres, como a la cultura que, en tanto, desarrollo inmaterial de lo propiamente griego, se quería perpetuar. Sin embargo, en ella ya subyace algo que tan solo en la modernidad será enunciado explícitamente, a saber, cierta conciencia del destino común de aquellos que forman una sociedad o grupo, se trata de la formulación explícita de un ser común: este es, la humanidad.
Junto a este ser común y a la confianza en la razón que desencadenó la fe, en la perfectibilidad del hombre, nos llevó –como occidente- a pensar múltiples posibilidades en que esa condición ontológica del hombre podría consolidarse como un hombre nuevo.
Así la modernidad puso al hombre en el centro del mundo, como origen y fin de éste y por lo mismo, como origen de todas las relaciones que establece con los otros y la naturaleza, dado que con ella es la naturaleza misma la que es pensada de maneras hasta antes inauditas.
Las ideas y su historia, el pensamiento y la filosofía, incluyendo la concepción moderna de hombre, jamás serán independientes de las determinantes histórico-políticas que le dan lugar. Pero a la vez será en la modernidad, la ocasión en que esas concepciones filosóficas –como nunca más se ha dado en la historia- determinen el devenir de los acontecimientos histórico-políticos.
La modernidad es una época de lucidez respecto de lo propio del hombre y lo que le corresponde como destino. Y no es sino, en conjunto con aquella lucidez que se dará la necesaria relación entre filosofía y política; la que en tanto filosofía política, se encuentra con la necesidad de pensar el ser con otro que constituye cada vez la humanidad del humano y el ser común que en último término la funda.
Un recorrido por esta extensa historia, ofreciendo una mirada posible al devenir de la idea de comunidad, motiva el siguiente texto. Este no recorre con exactitud historicista todas sus determinaciones como podrían ser, koinonía griega o las formulaciones latinas comunitas y societas; lo nos plantea la posibilidad de una seguir la huella que dicha distinción deja en el derecho y que determina a partir de esa tradición gran parte lo pensado en la modernidad. Tampoco abordamos la concepción hegeliana de bürgerliche Gesellschaft, desarrollada en su Filosofía del derecho, ni mucho menos exponemos los desarrollos arqueológicos de Foucault a propósito de la instauración y desarrollo de las sociedades de control. Estas páginas tampoco se detienen en los pensadores frankfurtianos que advirtieron de un modo casi preclaro la emergencia de la sociedad de masas en el siglo XX, y ciertamente no hace explícita su atención a la actual sociedad global, ni una especial atención a pensadores como Jean Baudrillard o Gilles Lypovetzsky que anunciaron hace un par de décadas el fin de lo social. Esto por cuanto, todos estos acercamientos requerirían un abordaje específico, detallados y reclamarían para sí mismos una detención en sus peculiaridades. Sin embargo, y pese a no hacer explícita está consideración, este texto si ofrece una mirada que dialoga con dichas formulaciones desde una cuestión que se devela central, a saber la relación comunidad-naturaleza.
Por otra parte, debo aclarar que lo acá expuesto supone dicotomías propiamente modernas como son: lo privado y lo público, sociedad civil y Estado, gobernantes y gobernados, o conceptos como coacción, pertenencia, ética y política, y ofrece un acercamiento, y quizá una apertura que desde la relación comunidad-naturaleza, abra cierta comprensión de un problema que tiene más aristas oscuras que certidumbres. Y a su manera propone un acceso probable a las cuestiones propias de la pregunta por el ser del hombre y su condición en cuanto ser social.
Nuestro recorrido va de una pequeña certeza a lo incierto, enunciamos la certeza y dejamos desplegarse a lo segundo.
El hombre debe cada vez ser con otros
I. La comunidad, como koinonía. La naturaleza justa.
En las célebres obras Ética a Nicómaco y la Política, Aristóteles sentó los cimientos de gran parte de la comprensión que tiene occidente, tanto de la comunidad como de la sociedad. Así el pensamiento político clásico encuentra en el concepto de koinonía un elemento central que recorre ambos textos y aglutina sin mayores distinciones las dos principales formas de asociación social del hombre, a saber, la familia y la polis.
Aristóteles no diferencia claramente estas dos formas de comunidad de alguna otra distinta, aunque si utiliza el mismo término para referirse a otro tipo de asociaciones que se encuentran sugeridas en la Política, algo que podríamos denominar grupos o gremios . En este y otros sentidos –y por razones obvias- el pensamiento político aristotélico no da cuenta completa de las condiciones actuales de la sociedad. Sin embargo, una cuestión propiamente aristotélica marcará gran parte del desarrollo de este concepto en occidente, esta es, la idea a partir de la cual “el hombre, es un ser político por naturaleza”, es decir, tanto como el hombre es zoon logon ekhon es a la vez zoon politikos. Es esta doble determinación del hombre como animal racional y animal político la que determina su devenir como animal moral.
Esta última condición es impensable sin las dos condiciones previas. En este sentido, el que es ciudadano de la polis lo es por naturaleza, y como tal tiende a la justicia como orden de lo dado.
En estricto rigor el concepto koinonia, denomina las diferentes formas de asociación del hombre. En sus diversos modos predominarán excluyentemente la amistad y la justicia. Es decir, a mayor justicia menor amistad y viceversa. Estas se darán en diferente proporción en las diversas koinonias humanas, desde el ámbito natural hasta el propiamente político, el bios politikos propio de los libres en la polis.
Podemos sostener que el concepto koinonia no es un concepto sistemático pero si altamente técnico, en tanto, comprende cualquier agrupación humana basada siempre en alguna forma de contrato o promesa.
La manifestación más básica de la koinonia es precisamente la familia que es la base de la polis. La que en tanto koinonia politiké determinará el bios politikos, como modo de ser de los libres e iguales.
“Puesto que toda Polis es una koinonía y que toda koinonía está dispuesta de cara a algún bien, porque los hombres siempre actúan mirando aquello que les parece bueno, y si todas tienden a cierto bien, es indicativo aquí más que ninguna [otra parte], que se orientan al bien principal el que, entre todos comprende a los demás, siendo este el bien propio de la Polis que es koinonia civil”
ARISTÓTELES, Política. 1.252a1-7.
Las relaciones comunidad-bien, comunidad-conveniencia, comunidad-fin o interés, en cuanto interés común, deja una huella imborrable en el pensamiento político occidental. El carácter fundacional de la noción aristotélica de koinonía se evidencia en que, lo que con ella es pensado se aplica, de manera casi homologable, a las expresiones latinas societas o communitas, en cuanto síntesis de todas las formas de una agrupación social donde los hombres se reúnan para la persecución conjunta de sus intereses cuya finalidad última sea la justicia. Es precisamente este inter-esse el que marca –en cuanto nexo entre los hombres- desde Aristóteles hasta Kant todo el pensamiento de la comunidad.
La salvedad estará solamente en la condición natural de la comunidad atribuida por Aristóteles. Ya desde Hobbes la naturaleza pierde preponderancia como fundamento de la condición social del hombre. Para el autor del Leviatán la «comunidad» o la «sociedad», no podría ser entendida como una sustancia o un fin, sino que se entenderá como una «función». Teniendo como única excepción la familia –supeditada al ámbito privado- todas las formas de agrupamiento social serán entendidas como secundarias y vicarias de un ordenamiento estatal que se constituiría mediante un contrato.
II. La comunidad y contrato. El derecho natural.
Contractualistas como Hobbes y Locke –e.d. tanto absolutistas como liberales- eliminan del pensamiento de la comunidad el componente natural que tiene por fin el perfeccionamiento natural atribuido por Aristóteles. En el pensamiento político moderno la configuración social sustituye el aglutinante natural-final por una función de seguridad y salvaguarda de la vida y el patrimonio. Así es como el contrato nos permite salir de estado de guerra de todos contra todos , y determinar un orden de lo social, desplazando tanto el principio de la comunidad como su resultado, es decir, fundando el súbdito en Hobbes o el ciudadano en Locke.
En su obra El Contrato social, J. Rousseau sostiene que la sociedad civil se funda en una instancia previa donde los ciudadanos deciden, mediante un acto colectivo de conversión moral, crear una república organizada jurídicamente; la formulación más acabada de esta tesis la encontramos en Kant, para quien el Estado de derecho se define a partir de la idea práctico-racional de una constitución cuya soberana encarnación es la ley que permite compatibilizar la libertad de cada cual con la de todos los demás.
Ciertamente la tradición contractualista tiene diferencias y matices, especialmente relacionados con el carácter moral o inmoral, de guerra o paz, del estado prepolítico, o pre-contractual. Sin embargo, en todas encontramos un ánimo donde la naturaleza sociable del hombre aristotélico es puesta es cuestión.
Y esto es así porque la modernidad filosófica nos plantea una cuestión radicalmente nueva, a saber, la pregunta por la legitimidad del poder (El principe, Maquiavelo), y el problema del derecho -que ya no puede comprenderse desde la dicotomía público-privado romana- y abre en el seno de lo social espacio al derecho natural.
Es precisamente aquel derecho de todos a todo, el que podría resumir el estadio precontractual hobbesiano, sin embargo este introduce en su misma formulación el problema del poder: “el derecho de todos a todo, en la medida de cada uno”, nos plantea la cuestión de un derecho en la medida de las posibilidades (poder). Con lo cual acontece un desplazamiento en la fundamentación del quid de lo social. El desplazamiento nos lleva desde la constitución natural de la polis a la instauración del Estado cuya función es asegurar la vida social y patrimonial.
Así las cosas, ¿cuál es el principio conservador de la sociedad? Las posibles respuestas a dicha pregunta apuntan a este doble desplazamiento. Primero desde la condición natural aristotélica que tiende a la justicia, hacia el derecho natural de todos a todo. Lo que se manifiesta a su vez en un desplazamiento desde la justicia hacia el poder y segundo, desde la condición natural al derecho natural.
Si nos detenemos sólo en el derecho natural nos encontramos en la pura dispersión con la consiguiente disolución de lo social, siendo ahí que surge con necesidad la noción de voluntad. Como ha destacado Rousseau, el contrato instaura la voluntad general, esto sólo es posible en tanto, el derecho natural de todos a todo, es un juego de voluntades . Luego no es sino, dicho juego de voluntades el que deviene juego de poder.
En este sentido la naturaleza misma ha tenido una transformación, en la formulación premoderna de la comunidad hallamos una condición natural que pone un orden natural de las cosas. Mientras que modernamente la naturaleza se entiende como la posibilidad de cada uno de conservar la vida, la libertad y la propiedad.
Al entender el estado de naturaleza como pre-político, el que en cuanto tal, se define desde la guerra de todos contra todos, Thomas Hobbes nos enrostra la necesidad de superar dicho estado. Luego el individuo deviene post contrato, sujeto de derecho sólo en tanto, ya es sujeto de voluntad.
En este sentido cabe preguntarse: ¿Es pensable alguna formulación ético-política- social, sin recurrir a la voluntad humana?
III. Comunidad cosmopolita en Kant. La naturaleza racional del ser-racional-finito.
A decir de Rousseau el contrato social y la voluntad general, convertirían la libertad física del hombre en libertad moral, son precisamente esa moralidad, la ley moral y la autonomía que determina el ser social del hombre rousseauniano lo que Kant desplaza desde la sociedad a la conciencia. No es, por consiguiente, sino de este modo que el imperativo categórico deviene –o bien puede devenir- imperativo político: “Sapere aude!!”
Rousseau al contrario de Kant no piensa en la idea de progreso, es por esta razón que el componente político moral de la sociedad civil rousseauneana es, si bien, valorada por el pensador de Köningberg, también superada y llevada más allá de la condición Estatal hacia el planteamiento de una sociedad cosmopolita del género humano.
En su obra Idea de una historia universal en clave cosmopolita de 1784, Kant esgrime los fundamentos de lo que será el pensamiento de una sociedad universal. La que no es independiente de una reformulación critico-racional del derecho natural y el hombre mismo. Al comienzo del texto nos dice el autor:
“Cualquiera sea el concepto que, en un plano metafísico, tengamos de la libertad de la voluntad, sus manifestaciones fenoménicas, las acciones humanas, se hallan determinadas, lo mismo que los demás fenómenos naturales por las leyes generales de la Naturaleza”
Son dichas leyes las que como intención oculta determinarían el acaecer del hombre en la historia. Los nueve principios que definen estas Ideas… ilustran el paso de una condición natural del sujeto a una comunidad nacional; y desde ahí a una comunidad cosmopolita articulada desde la Naturaleza racional del hombre.
Los principios primeros y segundos nos señalan a la Naturaleza como elemento regulador del modo de ser del hombre, que en tanto racional es libre, no obstante, la realización de los fines propiamente racionales –esto es, morales- apunten más allá de lo meramente individual, y remiten a un concepto que en la nomenclatura kantiana puede denominarse nouménico, a saber, la humanidad o la especie.
“Principio Primero: Todas las disposiciones naturales de una criatura están destinadas a desarrollarse alguna vez de manera completa y adecuada.
Principio Segundo: En los hombres (únicas criaturas racionales sobre la Tierra) aquellas disposiciones naturales que apuntan al uso de su razón, se deben desarrollar completamente en la especie no en los individuos.
Principio Tercero: La Naturaleza ha querido que el hombre logre completamente de sí mismo todo aquello que sobrepasa el ordenamiento mecánico de existencia animal, y que no participe de ninguna otra felicidad o perfección que la que él mismo, libre del instinto, se procure por la propia razón.”
La formulación no es casual, el pensador apela a una peculiar naturaleza que impele al hombre a superar lo “meramente natural”, se trata de una naturaleza racional, pero la misma no es pensable sin que haya en el fundamento una naturaleza racionalizada.
Ahora bien, el cuarto principio sostenido por Kant introduce una cuestión fundamental, en él se hace cargo del problema suscitado por el derecho natural y la consiguiente dispersión política ligada del derecho de todos a todo. Articulando no sólo lo real en cuanto ingreso en lo social como lo hace el contrato, sino que también la Historia misma, en cuanto, historia de la especie. La operación conceptual se encuentra ya filosófico-metafísicamente asegurada desde la instauración crítica de una subjetividad trascendental en la obra del filósofo.
Leemos: “Principio Cuarto: El medio de que se sirve la Naturaleza para lograr el desarrollo de todas sus disposiciones es el ANTAGONISMO de las mismas en sociedad, en la medida en que ese antagonismo se convierte a la postre en la causa de un orden legal de aquellas.” De este modo, el antagonismo como motor de la historia es realizado como la “insociable sociabilidad” del hombre –las cursivas son de Kant-. Se trata de una doble inclinación del hombre tanto a reunirse en sociedad como al peligro constante de disolverla.
Así el antagonismo es una condición interna del hombre, no obstante, la pertenencia a la sociedad y el traslado del antagonismo al ámbito de lo social llevaría implícita la posibilidad de desarrollo de las disposiciones naturales del hombre, elevándole hacia el fin más propio que es la moralidad. Por lo tanto, es a través de la discordia entre los hombres que estos pueden ir desarrollando sus potencialidades, en un perfeccionamiento permanente, acorde a su destino como seres racionales.
Si leemos detenidamente el Principio nos encontramos con por un lado, la relación medio-fin, donde la finalidad excede de suyo el antagonismo como condición, sin embargo, la condición de medio para el desarrollo de las potencialidades del hombre tiene por condición el estar en sociedad del hombre. Luego, el contrato social, deviene natural y no artificial, por cuanto, sus disposiciones responden a la insociable sociabilidad del hombre, echando por tierra toda la crítica humeana al asunto. Y la relación medio-fin se presenta como su estructura de articulación, la que en cuanto, articulación reflexionante, determina la Naturaleza en sentido fuerte y desde ahí al ser del hombre, en cuanto racional. La conformidad a fin sin fin de la Naturaleza, conceptualmente abrochada por la Teleología kantiana en la Crítica del Juicio, tiende un puente conceptual que va tanto de la filosofía teórica a la práctica, como desde la natural insociable sociabilidad el hombre, a la instauración de una legalidad civil que cumpla los fines racionales que la Naturaleza ha dispuesto para el ser racional finito, en la infinitud de su especie. Por consiguiente, la dicotomía estado de naturaleza v/s estado político es superada por una reformulación crítica de la Naturaleza misma.
De este modo, la insociable sociabilidad del hombre, implicará el necesario desarrollo del derecho, se trata del paso de la Fundamentación de la metafísica de las costumbres a la Metafísica de las costumbres que lejos de ser un postulado ideal o puramente normativo, reclama para sí concreción y efectividad. El principio quinto nos dice: “El problema mayor del género humano, a cuya solución le constriñe la Naturaleza, consiste en llegar a una SOCIEDAD CIVIL que administre el derecho en general.” Se trata de la búsqueda de una sociedad que compatibilice la “máxima libertad, es decir, el antagonismo absoluto de sus miembros, con la más exacta determinación y seguridad de los límites de la misma, para que sea compatible con la libertad de cada cual”. Sólo en cuanto, es la Naturaleza la que propicia dicho desarrollo, es pensable la apertura de aquel ethos político que exceda en cuanto asunto de la especie, es decir, de la humanidad en su conjunto, el ámbito puramente estatal e individual.
Paradójicamente la sociedad civil, ya no remitirá al Estado, sino que nos impulsará más allá, poniendo en riesgo su propia condición de posibilidad.
El Principio Séptimo reza: “El problema de la institución de una constitución civil perfecta depende, a su vez, del problema de una legal RELACIÓN EXTERIOR ENTRE LOS ESTADOS, y no puede ser resuelto sin éste último”.
Podrá Kant, pensar un modo de resolver el viejo problema aristotélico:
“La ley es la determinación de cierto orden; las buenas leyes producen necesariamente el buen orden; pero el orden no es posible tratándose de una gran multitud” (Aristóteles, La política, Libro IV, Capitulo IV.)
Quizá esa sea la apuesta final del proyecto filosófico de Kant, ahora bien, en lo estrictamente kantiano dicha cuestión articulada por la función reflexionante de la razón (juicio teleológico) se funda metafísicamente en una condición trascendental del hombre, en cuanto, ser racional finito (juicio determinante), el que desde la primera Crítica, anuncia un cierto proyecto planetario, esto se deja leer en el Prólogo a la Segunda Edición de la Crítica de la Razón Pura, donde Kant señala que los descubrimientos y aportes de la obra son más importantes que el descubrimiento del Cabo de Buena Esperanza.
Es dicho pasaje el que nos impele a pensar un cierto ánimo de dominación planetaria, que estaría presente incluso ya en lo que se suele leer como el Kant teórico, siendo la Historia misma, el ámbito de su realización.
Ahora bien, ¿Cómo asegurar esa pertenencia al género humano? ¿La noción de “ser racional finito” es capaz de fundar lo político desde lo teórico? ¿Es el nexo social el resultado de una operación metafísica y política o es efectivamente natural? O bien, la más sospechosa de las preguntas ¿Será acaso esta la resulta de una operación de coacción ontológica con efectos políticos concretos, ligados a la consolidación de la democracia occidental el único modo legítimo racional de gobernar?, esto con los correspondientes organismos ligados a dicha estructura de poder, como son la ONU, el FMI, el Banco Mundial, el G8, etc? ¿No existirán acaso otros caminos, otras formas de gobernabilidad, otras formas de desarrollos posibles para alcanzar el perfeccionamiento permanente de las virtudes morales y sociales de los individuos, que en cuanto, responden a la naturaleza racional del hombre buscan efectivizarse? No será acaso, la homologación de un proyecto ético-político como el kantiano con una estructura política-ética efectiva, la que ha vuelto legítimo el mandato ético-político de instaurar la democracia occidental en culturas que no necesariamente comparten culturalmente la condición de occidentales? O para decirlo sin reparos, ¿no corremos el riesgo de que tras dicha instauración metafísica sea legítima la implementación de un régimen democrático occidental en Irak con todos los costos en vidas que aquello conlleva? Peor aún, esto aunque paradójicamente, dicha operación sea de suyo, antidemocrática, por cuanto, trasgrede el derecho a autodeterminación de los pueblos consolidado por la Carta Fundamental de la ONU y la Convención de Viena que parece ser justamente lo que se está defendiendo.
No es este el lugar de resolver estos problemas, sin embargo podemos por ahora, preguntarnos sobre la posibilidad efectiva de una sociedad cosmopolita que se abra a nuevas posibilidades que no están circunscritas en lo que Foucault llamó las “sociedades de control” originadas desde los siglos XVIII, XIX y XX, pero que son concientes de ellas. ¿Podemos seguir pensando el asunto armados con el concepto de comunidad y sus derivados o es necesario replantearnos radicalmente esta cuestión? Y quizá lo más importante ¿nos ofrece o exige el siglo XXI y sus certezas, muchas veces siniestras, nuevas herramientas conceptuales para repensar lo político, lo ético, y lo social, o muy por el contrario, nos cierra ese camino?
OTRAS CONSIDERACIONES
Son variadas las maneras en que se ha repensado este asunto y también es conocida su peligrosidad. Sobretodo cuando se pensó el destino del hombre ligado a UN origen particular y se ligó a ideologías que constituyen el lado siniestro del siglo XX.
También se debe considerar el modo en que aquello que se denominó “darse técnico metafísico del ser” (Heidegger) nos lleva a repensar lo qué sea la naturaleza que ha devenido recurso disponible u obstante, perdiendo la inocencia respecto de la condición política de la metafísica. Porque es precisamente en la estela de un pensar de ese tipo que se ha dado lugar, tanto al nazismo alemán como al liberalismo más devorador del Capitalismo mundial integrado; y con estos, a los anuncios de la crisis de los Estados nacionales y el Fin de la historia. Siendo justamente una nueva noción de la naturaleza la que ha posibilitado la emergencia de las nociones de aldea global y multitud. Como unas que se imponen al pensar con el peso de la realidad más objetiva y fatal. La imposición de lo mediático, la disolución de la dicotomía público - privado, y el consiguiente vuelco hacia lo íntimo, la modificación del ser social del hombre manifiesta en la virtualización de las relaciones interpersonales de individuos para quienes la espacialidad del espacio se ve cada vez más reducida, constituyen elementos que reformulan problemática y radicalmente, lo que pensamos con el concepto comunidad. Donde quizá sea la unidad misma de lo común lo que debe abrirse hacia un pensamiento paradójico de la diversidad común para el que todavía quizá no estemos preparados. Sea como fuere, es una nueva formulación de la naturaleza que ahora se inscribe en números binarios lo que determinará nuevas formas de la comunidad, nuevas formas de la koinonía, y de la sociedad, de los intereses y fines que se encuentran todavía por pensar.
BIBLIOGRAFÍA:
• FUNDAMENTAL
Aristóteles: La política. Altaya, Barcelona, 1996.
Ética a Nicomaco, Folio, Navarra, 1999.
Hobbes, Thomas: Leviatán, Altaya, Barcelona 1993.
Locke, John: Ensayo sobre el Gobierno civil. Aguilar, Madrid, 1969.
Rousseau, J. Jacques: El contrato social, Altaya, Barcelona, 1996.
Kant, Immanuel: Crítica de la Razón Pura, Alfaguara, Bs.As,1993.
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Filosofía de la Historia, F.C.E, México, 5º Reimpresión 1994.
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Metafísica de las costumbres. Altaya, Barcelona, 1996.
• COMPLEMENTARIA
Bobbio Norberto: Estado, Gobierno y Sociedad. México, Reimpresión 2006, F.C.E.
Jean Baudrillard: Cultura y simulacro, Kairós, 5º Reimpresión, Barcelona, 1998.
El otro por sí mismo, Anagrama, Barcelona, 1997.
Gilles Lipovetzsky: La era del vacío. Anagrama, Barcelona, 2002
Hardt, M y Negri, Imperio, Paidós, Bs. As., 2002.